lunes, 13 de enero de 2014

Cambios en art. 109 Ley General de la Seguridad Social

Os adjuntamos un documento con una tabla resumen que compara la situación anterior y la actual de los conceptos existentes.

Ante las dudas que están generando los cambios auspiciados por el Gobierno en los conceptos que cotizan a la Seguridad Social y su impacto en nuestras nóminas y en el Plan Reflex, queremos comentar lo siguiente:
  • Quienes cotizan por la base máxima, se verán afectados por el incremento del 5% en las bases máximas de cotización a la Seguridad Social, por tanto tendrán una mayor retención y un menor neto disponible.
  • Quienes tengan alguno de los conceptos que se detallan en el anexo que adjuntamos y no coticen por la base máxima, podrán tener un incremento en la base de cotización y sobre ese posible incremento pagarán aproximadamente un 6%, suma de los porcentajes de la Seguridad Social. De nuevo, más retención y menos dinero disponible.
  • La empresa deberá pagar, su porcentaje total es aproximadamente un 30%, sobre estos incrementos de las bases de cotización de la Seguridad Social. Mayor gasto social que dificulta nuevas contrataciones.
  • Sobre el plan Reflex puede afectar en el hecho de disminuir la cantidad que se puede dedicar al mismo, al incrementar las bases de cotización, pero de momento, y sin querer dar ideas, no debe afectar a la deducción sobre IRPF. Conocem  os la norma pero la aplicación de la misma dependerá de cada caso en concreto.
De nuevo el afán recaudatorio pone trabas a la tan cacareada recuperación. El incremento de los gastos que debe realizar la empresa y la reducción del salario a los trabajadores  dificultan la resolución del mayor problema que tiene este país, los 6 millones de parados.

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